Área de práctica

Propiedad Industrial e Intelectual

Protección y gestión de activos intangibles y derechos de propiedad intelectual.

¿Cómo ayudamos a tu empresa?

Asesoramos en el registro, protección y defensa de marcas, avisos comerciales y demás signos distintivos ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), así como de obras y derechos de autor ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR). Elaboramos estrategias de protección de propiedad intelectual, contratos de licencia y cesión de derechos, así como acciones legales en caso de infracción.

Preguntas frecuentes sobre propiedad industrial e intelectual

¿Qué es la propiedad industrial y en qué se diferencia de los derechos de autor en México?

La propiedad industrial protege signos distintivos (marcas, avisos y nombres comerciales) e invenciones (patentes, modelos de utilidad, diseños industriales y secretos industriales), y se tramita ante el IMPI conforme a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (vigente desde el 5 de noviembre de 2020). El derecho de autor protege obras literarias y artísticas —incluido el software— conforme a la Ley Federal del Derecho de Autor, y se vincula con el INDAUTOR. La diferencia central es el objeto: la propiedad industrial protege activos del ámbito empresarial y técnico, mientras que el derecho de autor protege la expresión creativa, no las ideas.

¿Cómo se registra una marca ante el IMPI y cuánto tarda?

La solicitud se presenta en línea ante el IMPI; el Instituto la publica en la Gaceta dentro de los 10 días siguientes y abre un plazo improrrogable de un mes para oposiciones (art. 221), tras lo cual realiza el examen de forma y el examen de fondo y, de proceder, expide el título de registro. El IMPI estima un tiempo de respuesta aproximado de 4 a 6 meses cuando no hay objeciones ni oposiciones (y, desde la reforma de abril de 2026, la ley fija un plazo máximo de cinco meses para resolver); en la práctica puede extenderse varios meses más si surgen requerimientos. El registro otorga el uso exclusivo de la marca en todo el territorio nacional para los productos o servicios amparados.

¿Cuánto cuesta registrar una marca en el IMPI?

La tarifa oficial por el estudio de una solicitud nacional de registro de marca es de aproximadamente 2,695.18 pesos más IVA por cada clase, conforme al Acuerdo de Tarifas del IMPI vigente (publicado el 15 de marzo de 2024). El cobro es por clase: si la marca se solicita en varias clases de la Clasificación de Niza, cada clase genera un pago independiente. Esta cifra es la tarifa gubernamental y no incluye honorarios profesionales ni gestoría; conviene confirmarla en la página oficial de tarifas del IMPI, pues se actualiza.

¿Cuánto dura una marca registrada y cómo se renueva?

El registro de una marca tiene una vigencia de 10 años contados a partir de la fecha de su otorgamiento y puede renovarse por periodos iguales de 10 años de forma indefinida (art. 178). La renovación debe solicitarse dentro de los seis meses anteriores al vencimiento, aunque el IMPI da trámite a las solicitudes presentadas dentro de un plazo de gracia de seis meses posteriores; vencido ese plazo sin renovar, el registro caduca de pleno derecho (arts. 237 y 238). Al renovar, el titular debe declarar el uso real y efectivo de la marca indicando los productos o servicios específicos en que se usa (art. 237).

¿Qué es la declaración de uso de una marca y cuándo debe presentarse?

Bajo la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, el titular debe declarar el uso real y efectivo de su marca dentro de los tres meses posteriores a que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el registro, indicando los productos o servicios específicos en que la usa y pagando la tarifa correspondiente (art. 233). Si no se presenta esa declaración en el plazo, el registro caduca de pleno derecho, sin necesidad de declaración del IMPI. Adicionalmente, debe presentarse una declaración de uso al momento de cada renovación (art. 237); la protección continúa solo respecto de los productos o servicios sobre los que se haya declarado el uso.

¿Cuál es la diferencia entre marca, patente y derecho de autor?

La marca distingue productos o servicios en el mercado mediante un signo y se renueva indefinidamente cada 10 años. La patente protege una invención técnica nueva, con actividad inventiva y aplicación industrial (art. 48), y otorga un derecho exclusivo temporal de 20 años improrrogables (art. 53), tras los cuales la invención pasa al dominio público. El derecho de autor protege la expresión de obras literarias y artísticas —incluido el software— y dura toda la vida del autor más 100 años después de su muerte (art. 29 de la Ley Federal del Derecho de Autor). En síntesis: la marca identifica, la patente protege cómo funciona algo y el derecho de autor protege una obra creativa.

¿Qué protege una patente y qué son los modelos de utilidad y los diseños industriales?

La patente protege invenciones nuevas, con actividad inventiva y aplicación industrial, por 20 años improrrogables desde la presentación de la solicitud (arts. 48 y 53). El modelo de utilidad protege mejoras en la forma o estructura de objetos, utensilios o herramientas que les den una ventaja funcional, con una vigencia de 15 años improrrogables (art. 62). El diseño industrial protege el aspecto ornamental de un producto —dibujos y modelos industriales— por 5 años renovables por periodos iguales hasta un máximo de 25 años (art. 78). En esencia: la patente protege cómo funciona, el modelo de utilidad una mejora funcional y el diseño industrial cómo se ve.

¿Cómo defiende una empresa sus derechos de propiedad industrial y qué son las licencias y franquicias?

Ante un tercero que use sin autorización una marca o patente, la empresa puede iniciar una declaración administrativa de infracción ante el IMPI, que puede ordenar medidas como el aseguramiento de mercancía e imponer sanciones que llegan hasta 250,000 UMA por conducta, multa adicional por día de persistencia y clausura (art. 388); como vía preventiva existe la oposición durante el mes posterior a la publicación de una solicitud de marca (art. 221). Las marcas y patentes pueden licenciarse a terceros mediante convenio. La franquicia existe cuando, junto con la licencia de uso de marca, se transmiten conocimientos técnicos o asistencia técnica, y el franquiciante debe entregar al interesado la información sobre el estado de su empresa al menos 30 días antes de firmar el contrato (art. 245).

Ver todas las preguntas frecuentes

Hablemos de tu empresa

Estrategia legal de alto valor, con la cercanía de una firma boutique.

Contactar